Gobierno decidió extender la temporada de caza con jauría
Hasta el 30 de septiembre se amplía la temporada de caza de jabalí con jauría, consecuentemente se autoriza el vareo de perros luego de que comience la veda. Así lo informó el Ministerio...
Hasta el 30 de septiembre se amplía la temporada de caza de jabalí con jauría, consecuentemente se autoriza el vareo de perros luego de que comience la veda. Así lo informó el Ministerio de la Producción a través de la Disposición N° 533/22.
El Gobierno provincial garantiza de este modo la continuidad de la actividad, dadas las responsabilidades que el Ministerio de la Producción tiene como autoridad de aplicación de la Ley Nº 1.194 de Conservación de Fauna Silvestre.
Caza para controlar la especie
Se considera prioritario tener estrategias conjuntas de manejo para la gestión efectiva del jabalí, en términos biológicos. Esto evitará futuros escenarios de invasión que impliquen altos costos ambientales y socioeconómicos. En este contexto, la caza por jauría en la provincia de La Pampa, aplicada a mediana escala por un número importante de cazadores, contribuye a mantener las densidades bajas en el actual contexto, de ahí que se haya tomado la decisión de que la actividad se siga desarrollando.
El planteo presentado por la Provincia se basa en que un caso interpartes no puede declarar una inconstitucionalidad general para la actividad de la caza con jauría. No es razonable prohibir, en medio de la temporada de caza, una política pública de control como la descripta, denotándose que las Camaristas analizaron la cuestión desde una óptica limitada, en el marco de un proceso no idóneo, el cual actualmente se encuentra a la espera de una resolución por parte del Superior Tribunal de Justicia, quedando luego de eso abierta la posibilidad de recurrir a la instancia de la Corte Suprema de Justicia.
El recurso extraordinario
Cabe recordar que el pasado 27 de julio, se presentó un Recurso Extraordinario Provincial contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones en virtud de la errónea aplicación de la Ley y la arbitrariedad de la sentencia de Cámara, por considerar que resulta equívoco comprender y/o sostener que la Ley Nº 1.194 no autoriza la modalidad de caza con jaurías.
Asimismo, se plantea la necesidad de abordar el tema, a través de una convocatoria general, para ser tratado en un amplio debate, donde estén presentes y sean oídas las distintas partes involucradas en el caso y no como insustancialmente plantean las juezas de Cámara.
Los planteos
La Fiscalía de Estado plantea que la vía excepcional elegida -el amparo- no es la idónea ni adecuada para debatir el presente asunto que involucra a aspectos sociales, culturales, ambientales, económicos y biológicos que deben discutirse con la amplitud necesaria para que los distintos actores involucrados puedan exponer sus posiciones, ya sea de manera individual, colectiva o por intermedios de las autoridades que han elegido, tanto en distintas asociaciones, fundaciones, ONG, entidades, legisladores e integrantes de las áreas específicas del Poder Ejecutivo, como es la Dirección de Fauna, Subsecretaría de Asuntos Agrarios, y Subsecretaría de Ambiente.
Como se expuso al contestar la demanda, el debate debe ser profundo, objetivo, desprovistos de fanatismos y, sobre todo, constructivo; con la única finalidad de lograr una solución que contemple todos los aspectos y circunstancias que manifiestamente exceden el sumarísimo trámite de un amparo.